Línea 1 del Plan Corresponsables 2026 — Subvenciones dirigidas a entidades privadas sin ánimo de lucro para el desarrollo de proyectos en materia de conciliación y corresponsabilidad (Orden de 4 de agosto de 2026, Consejería de Servicios Sociales, Familias e Igualdad, Junta de Andalucía)
Consejería de Servicios Sociales, Familias e Igualdad. Junta de Andalucía
En resumen
Línea 1 del Plan Corresponsables 2026 — Subvenciones dirigidas a entidades privadas sin ánimo de lucro para el desarrollo de proyectos en materia de conciliación y corresponsabilidad (Orden de 4 de agosto de 2026, Consejería de Servicios Sociales, Familias e Igualdad, Junta de Andalucía) financia creación de servicios de cuidados profesionalizados para la conciliación de familias con menores de hasta 16 años o con discapacidad reconocida de hasta 21 años y cuidado profesional con derechos laborales en espacios preferentemente públicos (centros educativos, socioculturales, polideportivos, bibliotecas) o a domicilio por horas. Pueden solicitarla Entidades privadas sin ánimo de lucro con ámbito de actuación en Andalucía (incluidas organizaciones sindicales y asociaciones empresariales), legalmente constituidas e inscritas en el Registro de Asociaciones o de Fundaciones que corresponda y en el Registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales de Andalucía. Importe orientativo: hasta 80.000 €. El plazo de presentación termina el 10 de octubre de 2026.
Plazo
⏰ 10 oct
Concurrencia no competitiva: se resuelve por orden de entrada en registro y las solicitudes sin crédito disponible se inadmiten por agotamiento. El plazo abre al día siguiente de publicarse el extracto en BOJA.
Importe
hasta 80.000 €
Para
Tercer sector
Tramitación
A comisión de éxito
¿Quién puede solicitarla?
Entidades privadas sin ánimo de lucro con ámbito de actuación en Andalucía (incluidas organizaciones sindicales y asociaciones empresariales), legalmente constituidas e inscritas en el Registro de Asociaciones o de Fundaciones que corresponda y en el Registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales de Andalucía.
Qué se puede subvencionar
- ▸ Creación de servicios de cuidados profesionalizados para la conciliación de familias con menores de hasta 16 años o con discapacidad reconocida de hasta 21 años
- ▸ Cuidado profesional con derechos laborales en espacios preferentemente públicos (centros educativos, socioculturales, polideportivos, bibliotecas) o a domicilio por horas
- ▸ Actividades culturales, deportivas, de ocio, comedor o apoyo educativo, siempre con el cuidado como objeto principal
- ▸ Al menos una actividad de sensibilización en igualdad de género y masculinidades corresponsables por servicio
✅ Gastos elegibles
- ✓ Gastos de personal íntegros, incluida la Seguridad Social a cargo de la entidad, con los límites salariales del convenio aplicable
- ✓ Dietas, viajes y desplazamientos, hasta el 10% del coste total del proyecto
- ✓ Telefonía e internet (máx. 10%), suministros, correos, material fungible y de oficina
- ✓ Alimentos, actividades de ocio y tiempo libre, transporte de la actividad, limpieza y seguridad
- ✓ Alquiler de inmuebles, vehículos, equipamiento informático, audiovisual o mobiliario
- ✓ Seguros de bienes, responsabilidad civil y accidentes; publicidad y materiales didácticos
- ✓ Gastos de auditoría, hasta el 3% del proyecto
❌ Gastos NO elegibles
- ✗ Gastos de inversión
- ✗ Intereses deudores de cuentas bancarias; intereses, recargos y sanciones administrativas y penales
- ✗ Gastos de procedimientos judiciales
- ✗ Tributos recuperables o compensables
- ✗ Prestaciones económicas o subvenciones directas a personas o familias
- ✗ Dotación de personal de centros de Educación Infantil
- ✗ Costes indirectos
Condiciones para solicitar
- · Ámbito de actuación en la Comunidad Autónoma de Andalucía
- · Estar legalmente constituida e inscrita en el Registro de Asociaciones o, para fundaciones, en el Registro de Fundaciones correspondiente
- · Estar inscrita en el Registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales de Andalucía
- · Mantener los requisitos desde la solicitud hasta la completa justificación
- · Personal con los perfiles profesionales tasados en las bases (animación sociocultural, educación infantil, tiempo libre, integración social, etc.) y formación acreditada en igualdad de género
- · Priorizar por nivel de renta y colectivos preferentes (familias numerosas, monomarentales/monoparentales, víctimas de violencia de género, discapacidad, riesgo de exclusión, asilo, cuidadoras de dependientes)
- · Tramitación exclusivamente electrónica (solicitud por la Ventanilla Electrónica de la Junta, Anexo I obligatorio)
€ Orientación de importe
Hasta el 100% del presupuesto del proyecto. Máximo 50.000 € si el servicio atiende hasta 50 menores y 80.000 € si atiende a más de 50. Crédito total de la Línea 1 (referencia, no por beneficiario): 4.500.000 €.
⏰ Plazo de presentación
10 de octubre de 2026
Anticipo del 100% de la subvención en todos los casos de la Línea 1. Gastos imputables entre el 1 de enero de 2026 y el 30 de septiembre de 2027. Subcontratación permitida hasta el 20% del presupuesto aceptado. Se exceptúa el requisito de estar al corriente con Hacienda, Seguridad Social y reintegros. Compatible con otras ayudas, con obligación de declararlas.
Checklist de documentación
La lista definitiva está en las bases reguladoras de la convocatoria. Esta es la documentación que se pide en la práctica totalidad de convocatorias públicas españolas: sirve para empezar a reunir papeles sin esperar a leerlas enteras.
- Ámbito de actuación en la Comunidad Autónoma de Andalucía
- Estar legalmente constituida e inscrita en el Registro de Asociaciones o, para fundaciones, en el Registro de Fundaciones correspondiente
- Estar inscrita en el Registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales de Andalucía
- Mantener los requisitos desde la solicitud hasta la completa justificación
- Personal con los perfiles profesionales tasados en las bases (animación sociocultural, educación infantil, tiempo libre, integración social, etc.) y formación acreditada en igualdad de género
- Priorizar por nivel de renta y colectivos preferentes (familias numerosas, monomarentales/monoparentales, víctimas de violencia de género, discapacidad, riesgo de exclusión, asilo, cuidadoras de dependientes)
- Tramitación exclusivamente electrónica (solicitud por la Ventanilla Electrónica de la Junta, Anexo I obligatorio)
- Solicitud firmada por la persona con representación legal de la entidad
- CIF de la entidad y DNI de quien la representa
- Estatutos y acreditación de la inscripción en el registro que corresponda
- Certificados de estar al corriente con la AEAT y con la Seguridad Social
- Certificado de titularidad de la cuenta bancaria de la entidad
- Memoria del proyecto o de la actividad, con objetivos, metodología y calendario
- Presupuesto desglosado por partidas y declaración de otras ayudas solicitadas
Los certificados de estar al corriente con la AEAT y la Seguridad Social caducan a los seis meses. Pedirlos al principio y presentarlos al final es un motivo frecuente de subsanación.
Cómo se solicita, paso a paso
- 1
Comprobar el encaje con las bases
Verificar que la entidad reúne las condiciones exigidas y que el proyecto entra en lo que financia Plan Corresponsables Andalucía 2026: ayudas a entidades sin ánimo de lucro para conciliación.
- 2
Reunir la documentación administrativa
Estatutos, inscripción registral, certificados de estar al corriente con la AEAT y la Seguridad Social, y titularidad de la cuenta bancaria.
- 3
Redactar la memoria contra el baremo
La memoria se escribe siguiendo los criterios de valoración de las bases, punto por punto, no como un relato libre del proyecto.
- 4
Presentar en la sede electrónica
La solicitud se registra en la sede electrónica de Consejería de Servicios Sociales, Familias e Igualdad. Junta de Andalucía con certificado digital, dentro del plazo (10 de octubre de 2026).
- 5
Atender los requerimientos de subsanación
Tras el registro suele abrirse un plazo breve de subsanación. Vigilar la notificación electrónica: el plazo corre aunque nadie la abra.
Cómo se justifica una vez concedida
Conceder no es cobrar. La subvención se cobra del todo cuando la justificación se acepta, y un expediente bien resuelto se puede perder aquí.
Contabilidad separada desde el día uno
Cada gasto imputado a la subvención se registra en una cuenta o centro de coste propio. Reconstruirlo al final del ejercicio es la causa más común de reintegro.
Facturas a nombre de la entidad y pagadas por banco
El pago en efectivo o desde una cuenta personal no se admite como gasto justificado. La fecha de la factura debe caer dentro del periodo de ejecución.
Memoria técnica con los indicadores comprometidos
Se justifica lo que se prometió: si la memoria de solicitud hablaba de 60 personas atendidas, la memoria final tiene que medir esas 60.
Cuenta justificativa dentro del plazo
El plazo de justificación es independiente del de solicitud y suele contarse desde el fin del periodo de ejecución. Presentarla tarde equivale a no presentarla.
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¿Quién puede solicitar Plan Corresponsables Andalucía 2026: ayudas a entidades sin ánimo de lucro para conciliación?
Pueden solicitarla Entidades privadas sin ánimo de lucro con ámbito de actuación en Andalucía (incluidas organizaciones sindicales y asociaciones empresariales), legalmente constituidas e inscritas en el Registro de Asociaciones o de Fundaciones que corresponda y en el Registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales de Andalucía.. Requisitos principales: Ámbito de actuación en la Comunidad Autónoma de Andalucía; Estar legalmente constituida e inscrita en el Registro de Asociaciones o, para fundaciones, en el Registro de Fundaciones correspondiente; Estar inscrita en el Registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales de Andalucía.
¿Cuál es el plazo para presentar Plan Corresponsables Andalucía 2026: ayudas a entidades sin ánimo de lucro para conciliación?
El plazo de presentación es: 10 de octubre de 2026. Anticipo del 100% de la subvención en todos los casos de la Línea 1. Gastos imputables entre el 1 de enero de 2026 y el 30 de septiembre de 2027. Subcontratación permitida hasta el 20% del presupuesto aceptado. Se exceptúa el requisito de estar al corriente con Hacienda, Seguridad Social y reintegros. Compatible con otras ayudas, con obligación de declararlas.
¿Cuánto se puede solicitar en esta convocatoria?
Importe orientativo: hasta 80.000 €. Hasta el 100% del presupuesto del proyecto. Máximo 50.000 € si el servicio atiende hasta 50 menores y 80.000 € si atiende a más de 50. Crédito total de la Línea 1 (referencia, no por beneficiario): 4.500.000 €.
¿Qué documentación hace falta para solicitarla?
La lista definitiva está en las bases reguladoras. En la práctica, toda convocatoria pública pide: Solicitud firmada por la persona con representación legal de la entidad; CIF de la entidad y DNI de quien la representa; Estatutos y acreditación de la inscripción en el registro que corresponda; Certificados de estar al corriente con la AEAT y con la Seguridad Social; Certificado de titularidad de la cuenta bancaria de la entidad.
¿Cómo se justifica la subvención una vez concedida?
Con una cuenta justificativa: memoria técnica de lo ejecutado, relación de gastos con facturas a nombre de la entidad y justificantes de pago bancario. El plazo de justificación es distinto del de solicitud. Una justificación mal montada obliga a reintegrar la ayuda, aunque el proyecto se haya hecho.
¿Cómo se solicita Plan Corresponsables Andalucía 2026: ayudas a entidades sin ánimo de lucro para conciliación?
La solicitud se presenta en la sede electrónica de Consejería de Servicios Sociales, Familias e Igualdad. Junta de Andalucía con certificado digital, dentro del plazo. Startidea prepara la memoria adaptada al baremo y presenta el expediente en nombre de la entidad, sin coste si no se concede.