Startidea

Bases del programa

Startidea Impulsa — programa de comunicación con propósito para el tercer sector.

1. Objeto y finalidad

Startidea convoca, en el marco de su compromiso de Responsabilidad Social Corporativa, el programa Startidea Impulsa, dirigido a entidades del tercer sector de toda España. El programa ofrece, en especie y sin coste para las entidades seleccionadas, un diagnóstico estratégico de comunicación y la ejecución total o parcial de un plan de mejora, con una dotación global de 80.000 € en servicios valorados a precio de mercado. El objetivo es que organizaciones sociales con recursos limitados accedan a comunicación, tecnología y herramientas de gestión profesionales que de otro modo no podrían costear.

2. Entidad convocante

Startidea (CIF B19583632), con domicilio en C/ Conde Cifuentes, 33, 18005 Granada. Contacto del programa: hola@startidea.es.

3. Dotación y naturaleza de la ayuda

  • Dotación global: 80.000 € expresados como valor de mercado de servicios profesionales, a repartir entre las entidades seleccionadas.
  • La ayuda es en especie (prestación de servicios por Startidea), no dineraria: en ningún caso se entrega dinero ni es canjeable por su importe.
  • Cada entidad seleccionada recibe un paquete de servicios con un valor económico asignado por el comité, hasta agotar la dotación global.
  • Todos los servicios se prestan por o con Startidea.

4. Servicios incluidos

A partir del diagnóstico, el plan de cada entidad podrá incluir, total o parcialmente: diagnóstico estratégico de comunicación (incluido siempre para las seleccionadas); hoja de ruta a 12 meses; desarrollo web; gestión y estrategia de redes sociales; plan de comunicación interna y externa; materiales audiovisuales; y software de gestión. El alcance concreto de cada paquete lo define Startidea según el diagnóstico, las necesidades de la entidad y la dotación disponible.

5. Entidades beneficiarias — requisitos

Pueden presentarse entidades que, a la fecha de solicitud, cumplan todos estos requisitos:

  • Ser entidad sin ánimo de lucro legalmente constituida en España (asociación, fundación, federación, ONG o cooperativa de iniciativa social).
  • Estar inscrita en el registro público correspondiente.
  • Tener al menos un año de actividad acreditable.
  • Perseguir un fin de interés general o social.
  • Estar al corriente de sus obligaciones legales, fiscales y con la Seguridad Social.
  • Tener ámbito de actuación en España.
  • Aceptar íntegramente estas bases.

6. Exclusiones

No pueden participar: entidades con ánimo de lucro; administraciones y organismos públicos; partidos políticos y entidades con fines principalmente partidistas; entidades sin actividad real acreditable; y aquellas cuyos fines sean contrarios a los valores de Startidea, a los derechos humanos o a la legalidad vigente.

7. Presentación de solicitudes

La solicitud se realiza rellenando el formulario de diagnóstico disponible en startidea.es/impulsa. Convocatoria abierta de forma continua: las solicitudes se evalúan por orden de llegada hasta agotar la dotación. Cada entidad puede presentar una sola solicitud. La presentación es gratuita y no obliga a la entidad a contratar nada.

8. Criterios de valoración

El comité valora cada solicitud sobre 100 puntos: impacto social de la entidad y de su misión (30); necesidad comunicativa y margen de mejora (25); viabilidad de ejecutar el plan con Startidea (15); grado de dependencia de financiación y sostenibilidad (10); calidad y claridad de la información aportada (10); y alineación con las áreas de trabajo de Startidea (10). El comité podrá declarar desierta cualquier plaza si ninguna solicitud alcanza el mínimo de calidad.

9. Selección y resolución

La evaluación la realiza un comité de Startidea. La resolución se comunica por email a todas las entidades participantes y se publica en la web del programa. Toda entidad participante recibe, como mínimo, una devolución de su diagnóstico con una valoración inicial y recomendaciones, participe o no entre las seleccionadas.

10. Obligaciones de las entidades seleccionadas

  • Designar un interlocutor y colaborar activamente en la ejecución, aportando información, materiales y validaciones en plazo.
  • Ejecutar el trabajo con Startidea, en los plazos acordados en el plan.
  • Dar visibilidad al programa con la mención «Con el impulso de Startidea» en los materiales resultantes durante un periodo razonable.
  • Autorizar a Startidea a comunicar el caso con fines de difusión del programa, salvo datos confidenciales.

El incumplimiento grave puede conllevar la baja del programa.

11. Propiedad intelectual

Los materiales y entregables creados se ceden a la entidad para el cumplimiento de sus fines. Startidea conserva el derecho a mostrarlos en su portfolio y comunicaciones del programa, citando la autoría.

12. Protección de datos

  • Responsable: Startidea (CIF B19583632), C/ Conde Cifuentes 33, 18005 Granada · hola@startidea.es.
  • Finalidades: gestionar y evaluar la solicitud; elaborar y entregar el diagnóstico y la hoja de ruta; y contactar a la entidad para ofrecerle servicios de Startidea —incluidos los no cubiertos por el programa— y futuras colaboraciones. Esta última finalidad se acepta de forma expresa al enviar el formulario.
  • Base jurídica: consentimiento del interesado y/o interés legítimo de Startidea.
  • Conservación: mientras dure el programa y, para la finalidad comercial, hasta que la entidad solicite la baja.
  • Derechos: acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación y portabilidad escribiendo a hola@startidea.es. Derecho a reclamar ante la AEPD.
  • No se ceden datos a terceros salvo obligación legal.

13. Aceptación, modificación y cancelación

La participación implica la aceptación íntegra de estas bases. Startidea podrá modificar el calendario o cancelar el programa por causas justificadas, comunicándolo por los mismos medios de publicación.

14. Naturaleza jurídica

Este programa es una iniciativa privada de Responsabilidad Social Corporativa. No constituye una subvención pública ni genera derecho de crédito alguno. La valoración económica de los servicios es orientativa y no canjeable por dinero.

15. Legislación aplicable

Estas bases se rigen por la legislación española.